¿Por dónde deben circular los ciclistas?
Si no existe una vía habilitada expresamente para ellos –un carril bici, por ejemplo- los ciclistas deben ajustarse a las características de la carretera por la que circulan. Si van por vía urbana, deberán hacerlo pegándose lo máximo posible a la derecha de la calzada, a una distancia tal que puedan ser adelantados con facilidad sin estar tan pegados al borde de la carretera como para que su propia marcha corra peligro. La misma premisa se exige cuando se saca la bicicleta a una vía interurbana, con la diferencia de que en estos casos es obligatorio circular por el arcén en caso de haberlo. Por otra parte, hay que decir que los ciclistas podrán circular por autovía siempre y cuando sean mayores de 14 años, lo hagan por el arcén y no exista prohibición expresa al respecto. El incumplimiento de esta última norma conllevará una multa de 200 euros. También cabe aclarar que si el ciclista circula por una vía transitada por peatones en la que no puede guardar una distancia mínima de un metro con respecto a los mismos, deberña bajarse de su bicicleta y continuar a pie.
¿Pueden los ciclistas circular en paralelo?
Sí, si pueden, siempre y cuando lo hagan de a dos y no obstaculicen la marcha normal de otros vehículos o haya tráfico complicado o condiciones de visibilidad reducida. Por otra parte, cabe decir que los ciclistas, al adelantar, deberán guardar una distancia de un metro y medio del vehículo que están rebasando. Esta distancia es la misma que tienen que mantener los coches y motocicletas con respecto a los ciclistas cuando les adelante.
Estas líneas son de fuentes fiables. Es la nueva normativa de reforma de la Ley de Tráfico.